El
testamento es un acto personalísimo, revocable y libre, a través del cual una persona en uso de sus
facultades mentales dispone de sus bienes y derechos y declara o cumple
deberes para después de su muerte, ofrece seguridad jurídica, tanto a los
propietarios como herederos del bien y evita conflictos entre familiares.
Por lo anterior, la Secretaría de
Desarrollo Social, a través del Instituto Nacional de las Persona Adultas
Mayores (Inapam), hace un llamado a este sector de la población para que
aproveche los beneficios y descuentos que se otorgan en septiembre, Mes del
Testamento, para la realización de este trámite.
Lázaro Onofre Espinoza, delegado del
Inapam, informó que a principios de este año ese organismo sectorizado de la
Sedesol, firmó un convenio de colaboración con la Asociación
Nacional del Notariado Mexicano, A.C., Colegio Nacional, en el que se ofrece a
las personas de 60 años de edad y más de todo el país, la realización de este
trámite con precios accesibles no solo en septiembre sino en lo que resta
del año 2012.
Explicó que hay diferentes tipos de
testamento, que a continuación se le describen para que conozca cuál es el que
se ajusta a sus necesidades.
Testamento Público Abierto. Es el que se otorga ante Notario
Público, si el testador sabe leer y escribir no hay necesidad de testigos, de
lo contrario acudirá con dos testigos y si no sabe el idioma tendrá que estar
presente un traductor.
Testamento
Público Cerrado. Puede ser escrito por el testador o por otra persona
a su ruego; y en papel común para darle formalidad deberá acudir con un notario
y declarar el testador que la persona formó a su ruego.
Testamento Público Simplificado. Es el que se otorga ante notario en el
momento de la escrituración, respecto de un inmueble destinado o que vaya a ser
destinado a vivienda en donde se consigne la adquisición o la regularización,
es decir, el testamento queda plasmado en las mismas escrituras.
Testamento ológrafo. Es aquel que es escrito de puño y
letra del testador, el que será cerrado y lacrado depositándose en el Archivo
General de Notarías.
Testamento privado. Este testamento sólo podrá ser válido
en casos graves o enfermedad violenta, siempre y cuando no se pueda realizar el
testamento ológrafo.
Testamento
Militar. Este testamento lo podrán realizar los militares o
asimilados, en el momento de entrar en acción de guerra o estando herido sobre
el campo de batalla, declarando su voluntad ante dos testigos o entregando
pliego cerrado que contenga su última voluntad, firmada de puño y letra.
Testamento
Marítimo. Este testamento lo podrán realizar los que se
encuentren en altamar, a bordo de navíos de la Marina Nacional, sea de guerra o
mercante, lo escribirán en presencia de dos testigos y el capitán.
Testamento
hecho en país extranjero. Estos producirán efectos en el Distrito Federal,
cuando hayan sido formulados de acuerdo a las Leyes del país en donde se
otorgaron.
Finalmente indicó que el Inapam,
ofrece asesoría jurídica gratuita a las personas de 60 años y más, llamando al
teléfono 56 34 88 90 ext. 211,212, 213, 218 y 224.
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